martes, 12 de junio de 2012

Con la Excusa de la Protección de Datos no todo vale


Hoy os voy a contar una anécdota que le ha pasado a un Administrador de Fincas y que luego me ha comentado, que explica muy mucho el nivel de conocimiento de algunas personas sobre la Protección de Datos.

Resulta que hay una Comunidad de Propietarios que no están conforme con la limpieza que se está realizando en la finca, están decidiendo en rescindir el contrato, pero como hace mucho que trabajan con ellos, se piensa que todo fue de viva voz, y que al final no se le dio el contrato a la Comunidad por lo que el Administrador no la tiene. Acto seguido, el Administrador se pone en contacto con la empresa de Limpieza para que por favor le envíe el contrato y así tenerlo y mirar cuando vence para poderlo rescindir.



Bueno, pues esta petición, tan normal, y que en un principio no tiene que haber ningún problema para poderlo realizar, se vuelve en contra del Administrador por las siguientes explicaciones:

-   “No te puedo dar el contrato porque esto es entre la Comunidad de Propietarios y nosotros (la Empresa de Limpieza), por lo que tú no pintas nada (refiriéndose al Administrador), y si acaso tendrá que ser el presidente que me lo pida”.  El Administrador al oír esta excusa le remitió al Articulo 20 apartado e) de la Ley de Propiedad Horizontal: “Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad”. Y entre esta documentación esta el contrato de limpieza.  Así que dio otra excusa mas inverosímil.

-   “No te puedo dar el contrato por la Protección de Datos” ¿COMO? Ahora es cuando me viene a la cabeza: “No tomarás el nombre de Protección de Datos en vano”.

El titulo entero de “esto de la Protección de Datos” es: Protección de Datos de Carácter Personal, por lo que un contrato de Limpieza entre la Empresa de Limpieza y la Comunidad de Propietarios no tiene nada de personal.  Si que es verdad, que en el contrato puede figurar el gerente de la empresa o el presidente de la comunidad de propietarios de turno, pero estas dos personas son los representantes.

Es como si tengo contratada una Gestoría que me lleve los papeles de la empresa.  Yo se cuando llamo como se llama la secretaria, la gestora, etc. incluso puedo tener sus direcciones de correo electrónicos profesionales, pero quien me hace el servicio es la empresa gestora, quien me factura es la empresa gestora.

Ah! El final de la historia fue que tuvo que hablar el presidente con la Empresa de Limpieza y darles una bronca para que al final lograra entregar el contrato de Limpieza al Administrador de Fincas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario